PEMEX

Petróleos Mexicanos fue creado el 7 de junio de 1938, un par de meses después de la expropiación petrolera hecha por el entonces presidente Lázaro Cárdenas del Río, quien para ello aplicó el articulo 27 constitucional el cual señala que “La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación” y que “Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización”.

Hasta entonces quienes explotaban la riqueza del subsuelo eran compañías extranjeras: estadounidenses, británicas y holandesas. El comienzo  de Pemex no fue fácil, pues tuvo que enfrentar problemas para la refinación del petróleo y la producción de gasolina, pues en aquella época no se contaba con una tecnología propia porque las empresas que explotaban el crudo tenían a sus técnicos extranjeros y hubo de partir prácticamente de cero para que los mexicanos echaran a andar la naciente industria y no fue asta 1939 que se pudo producir gasolina en el país.

La formación de técnicos mexicanos y el descubrimiento de yacimientos de petróleo y gas en distintas zonas de la geografía nacional propiciaron el desarrollo de la industria y del poderoso Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM, que había sido creado en 1935).

Con el paso de las décadas la industria se consolidó y la modernidad y auge llevó a planear la construcción de un conjunto corporativo que estuviera a la altura de esta industria. Fue así como en 1976, durante el sexenio de José López Portillo, se diseñó el proyecto del conjunto denominado Torre Ejecutiva Pemex, por el arquitecto Pedro Moctezuma Díaz Infante. que durante mucho tiempo fue el edificio mas alto de la ciudad.

Reforma energética

Para el artículo 27 la reforma  consiste en  la eliminación de su párrafo sexto, para que se permita la participación de la iniciativa privada en el procesamiento de gas natural y la refinación del petróleo, así como el transporte, almacenamiento, distribución y comercialización de dichos productos y sus derivados.
como también se suprime del artículo 28 a la petroquímica básica como área estratégica que no constituye monopolio y que se estará a lo dispuesto por el párrafo sexto del artículo 27.